El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado el pasado 31 de diciembre la LEY 18/2021, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas (Acceder aquí a su versión en castellano), la cual recoge en su Disposición adicional segunda las Medidas aplicables a los supuestos de alteración extraordinaria e imprevisible de los precios de los materiales en los contratos de obra pública.
Todo esto impulsado por la Conselleria de infraestructuras e Mobilidade de la Xunta de Galicia, previas consultas con la Federación Gallega y Asociaciones Provinciales de Constructores, y a través de una disposición adicional introducida en la Ley de Medidas fiscales y Administrativas, la Administración de la Xunta y sus órganos dependientes podrán, previa solicitud del contratista, modificar/actualizar los precios de los materiales en los que es contratada una obra que se ejecute con posterioridad al 1 de enero de 2021, siempre y cuando se den los requisitos exigidos en esa disposición. La modificación de precios no es la única posibilidad contemplada, cabe así también acordar una modificación de los materiales empleados y/o, proceder a la resolución del contrato.
FUENTE: https://contratodeobras.com/ EN: https://contratodeobras.com/noticias-sobre-contratacion-publica-ano-2017/
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