Mantenimiento de las desgravaciones fiscales por rehabilitación energética en edificios y viviendas
Los detalles de estas deducciones sobre el IRPF quedan recogidos en el artículo 16 del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, publicado en el Boletín Oficial del Estado el día 28 de diciembre de 2023. Además, se amplía un año más el plazo de las deducciones vigentes, de forma que:
Por actuaciones en vivienda, la desgravación puede ser del 20% o del 40% y se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2024. Por actuaciones a nivel de edificio, la desgravación es del 60% y se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2025.
En el caso de las actuaciones en viviendas se deberá, o bien reducir al menos un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o bien mejorar el consumo de energía primaria no renovable en la vivienda.
FUENTE: https://inmodiario.com/
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