La Junta entra en el mercado del alquiler creando una bolsa de pisos de 125 a 350 euros al mes

La Junta entra en el mercado del alquiler creando una bolsa de pisos de 125 a 350 euros al mes

La Junta expone al público el proyecto de decreto que regulará la creación de una bolsa de vivienda para alquileres asequibles. Hasta el 29 de agosto se pueden formular alegaciones. Los inmuebles serán para las rentas que no superen los 1.331 al mes.

Las familias con ingresos inferiores a los 1.331 euros mensuales podrán alquilar un piso desde 125 euros al mes. Estos son los requisitos que establece el proyecto de decreto que regula la creación de la Bolsa de Vivienda para alquiler asequible que quiere poner en marcha la administración regional previsiblemente antes de que termine el año.

La normativa, aún en proyecto, está actualmente en fase de exposición pública hasta el próximo 29 de agosto (15 días en total) para recibir las alegaciones y sugerencias que cualquier persona estime oportunas antes de ser aprobada definitivamente.

Con esta medida, la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales pretende que la propiedad de la vivienda, aún cuando se halle deshabitada, pueda cumplir una «función social, posibilitando que los niveles de renta más necesitados de protección puedan acceder a un hogar digno». Pero además tiene un segundo objetivo: «intervenir en el mercado de arrendamiento para incrementar los estándares de calidad de las viviendas de alquiler y mejorar las condiciones de los imgresarrendamientos», dice el proyecto.

En su articulado, el decreto fija que las rentas mensuales por el alquiler oscilarán en un mínimo de 125 euros y un máximo de 250, aunque el precio final en cada caso se calculará con referencia a los ingresos acreditados a la fecha de la presentación de la solicitud correspondiente y además será revisado anualmente. No obstante, cuando la vivienda proceda de un propietario particular y no de ninguna empresa o entidad, la renta mensual podría incrementarse hasta los 350 euros. El precio se calculará en función de la superficie útil de la vivienda, pero en ningún caso podrá exceder esa cantidad.

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