La Ley de Vivienda incluye una nueva definición del concepto de vivienda vacía con la finalidad de que los ayuntamientos puedan exigir un recargo de hasta el 50 % de la cuota líquida del IBI a los inmuebles residenciales que se encuentren desocupados.
Además, se faculta a los ayuntamientos para que puedan aumentar el porcentaje de recargo en caso de inmuebles pertenecientes a propietarios de dos o más inmuebles que se encuentren desocupados.
La próxima entrada en vigor de la Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda que se producirá al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (que se deberá realizar antes del 28 de mayo), supone la introducción de una importante novedad en el ámbito del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) relacionada con las viviendas desocupadas
FUENTE: https://inmodiario.com/
EN: https://inmodiario.com/150/67674/el-ibi-se-incrementara-en-caso-de-tener-una-vivienda-desocupada/ |
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